Proyecto de ley del Ministerio de Hacienda sobre unificación de normas relativas al retiro de cesantías

Por medio de la ley 1806 de 2016, fue adicionado un parágrafo al artículo 102 de la ley 50 de 1990, donde se determina, la procedencia del retiro parcial de cesantías con el objeto de pagar estudios superiores de hijos y dependientes del trabajador, a través de la figura de ahorro programado o seguro colectivo.

La norma que será objeto de reglamentación señala que un trabajador puede retirar cesantías, con el propósito de dar uso de estos recursos para los temas ya mencionados, a través de la modalidad de ahorro programado o de seguro educativo, cuya normatividad será aplicable al uso de la red de entidades de cesantías vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. A consecuencia de lo descrito, el proyecto pretende unificar las normas, para dar mayor claridad y cohesión, de forma que se facilite su interpretación e implementación.

Si es de su interés el proyecto puede consultarlo aquí

Además puede remitir sus comentarios por medio de este correo: lwaltero@urf.gov.co

Elaborado por: Jaime Alberto Rueda Vega

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