Beneficios tributarios territoriales

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La Ley 1819 de 2016 conocida como Reforma Tributaria Territorial, establece en el artículo 356 algunos beneficios en materia de obligaciones tributarias. Establece que quienes dentro de los diez (10) meses siguientes a la entrada en vigencia de la Ley (1 de enero de 2017), que hayan sido objeto de sanciones tributarias del nivel territorial, que se encuentren en mora por obligaciones correspondientes a los períodos gravables o año 2014 y anteriores, tendrán derecho a solicitar reducción en los interés y sanciones así:
Pago total de la obligación principal hasta Reducción de los intereses y sanciones
31 de mayo de 2017 60%
Después del 31 de mayo y hasta la vigencia de la condición especial de pago 40%
  Cuando la sanción tributaria es de origen dinerario, la reducción se aplicará así:
Pago total de la obligación principal hasta Reducción de los intereses y sanciones
31 de mayo de 2017 40%
Después del 31 de mayo y hasta la vigencia de la condición especial de pago 20%
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